Zonas de bajas emisiones (ZBE)

Las ciudades y sus administraciones llevan mucho tiempo haciendo un gran trabajo en la protección medioambiental y de la atmósfera. Con ello se pretende proteger a todos los ciudadanos que habitan en ellas.

Fecha: 30/03/2023
Categorías:
Imagen

Las ciudades y sus administraciones llevan mucho tiempo haciendo un gran trabajo en la protección medioambiental y de la atmósfera. Con ello se pretende proteger a todos los ciudadanos que habitan en ellas.

Es el caso de Madrid donde se han ido aplicando una serie de medidas de manera progresiva, como el control del acceso y circulación de determinado tipo de vehículos.

A través de la Ordenanza de Movilidad Sostenible se ha ido regulando un Madrid con Zonas de Bajas Emisiones, ZBE, medidas que están en vigor desde el 22 de septiembre de 2021, las cuales, se han ido aplicando en fechas posteriores.

Las primeras prohibiciones de circulación se han aplicado desde el 1 de enero de 2022, y es desde esa fecha que debemos prestar más atención a la clasificación ambiental que hay de vehículos contaminantes.

Clasificación ambiental de vehículos.

El objetivo principal de esta clasificación es discriminar positivamente los vehículos que son más respetuosos con el medio ambiente, pudiendo beneficiar al tráfico en momentos de alta contaminación y a su vez dando a conocer a los ciudadanos las nuevas tecnologías en movilidad y que, además, conllevan ventajas en beneficios fiscales.

La clasificación se realiza por medio de los distintivos ambientales que corresponden a cada tipo de vehículo.

Es la Dirección General de Tráfico, DGT, la encargada de crear  los cuatro distintivos ambientales en función del tipo de vehículo.

Etiqueta “ 0 emisiones” Azul

La tendrán los vehículos más eficientes. Eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV) y eléctricos híbridos enchufables (PHEV)

Etiqueta “ECO”

Corresponde a los vehículos híbridos no enchufables, los coches eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, así como de gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Además, deberán cumplir también con los criterios de la etiqueta C.

Etiqueta “C” Verde.

Son los vehículos de combustión interna, turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006. Para los vehículos diésel corresponderá a los matriculados a partir de septiembre de 2015 o los vehículos de 8 plazas, diésel o gasolina, matriculados desde 2014.

Etiqueta “B” Amarilla

Igualmente, para vehículos de combustión interna. Para los turismos y furgonetas de gasolina y matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y para los vehículos diésel y los de 8 plazas o pesados, matriculados a partir de 2006.

Los vehículos que deberían entrar en la categoría “A” no tienen derecho a ningún tipo de distintivo, al no cumplir con los requisitos que se exigen para ser etiquetado como vehículo limpio.

Esto hace que tengan prohibido el acceso y circulación en Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Por lo tanto, no pueden acceder ni circular por las vías dentro de la M-30 desde enero de 2022.

Pero, ¿en qué situaciones excepcionales sí podrían circular estos vehículos sin etiqueta?

Sabemos que desde el 1 de enero de 2023 no pueden circular por la M-30 ni por los distritos que se encuentran dentro de esta circunvalación, salvo:

  • Los vehículos que estén dados de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Madrid.
  • Los que estén empadronados en Madrid y domiciliados en el Registro de Vehículos.
  • Para los vehículos tipo camiones, furgonetas, o motos que no tengan la etiqueta se les restringirá la entrada y circulación a partir del 31 de diciembre de 2024
  • También los vehículos sin etiqueta y destinados al traslado de personas con movilidad reducida podrán tener acceso y circular por la M-30, siempre y cuando estén registrados en el sistema de gestión de Madrid Zona de Bajas Emisiones y dispongan de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

Ya están en marcha las medidas de vigilancia que harán que se cumpla con la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS). En principio, y hasta que se terminen de instalar las cámaras de vigilancia, fecha límite marzo de 2023, serán los agentes de movilidad los que harán esta labor.

Se harán controles en ubicaciones aleatorias en las inmediaciones de M-30 y M-40, así como en los barrios periféricos y carreteras que conecten con la M-30.

Es importante conocer que la sanción por incumplir la reforma de la Ley de Tráfico y acceder sin etiqueta a Madrid Zona de Bajas Emisiones es de 200€ al considerarse una infracción grave.

Ya era prioritario concienciar a los ciudadanos, porque la evolución del tráfico, el aumento de población en las ciudades y el rápido crecimiento del parque móvil es lo que ha obligado a tomar estas medidas desde el Plan Nacional de Calidad del Aire y definir una Zona de Bajas Emisiones (ZBE), al observar graves episodios de contaminación por los altos índices de dióxido de nitrógeno, ozono y dióxido de azufre, que terminamos respirando todos los ciudadanos.

Por esto, es buen momento para que comiences a plantearte la posibilidad de que tu próximo coche sea híbrido o eléctrico.