NUEVA NORMATIVA ITV
El próximo 1 de junio entra en vigor la nueva revisión del Manual de Procedimiento de ITV, la versión 7.5.0, que incorpora una serie de aspectos y mejoras a las revisiones y procesos que realizan las estaciones ITV. Enfocado a : Digitalización del proceso, adecuar la inspección técnica de vehículos a las nuevas tecnologías, clarificar procesos de revisión para los operadores de ITV, incorpora cambios en matriculaciones provocados por el Brexit.
Los cambios son profundos puesto que afectan a diferentes tipologías de vehículos, tales como Vehículos ligeros (los turismos, furgonetas….), vehículos pesados (camiones, remolques y semirremolques..) y motocicletas.
Entre los cambios más importantes que afectan a todos los vehículos destacan:
- Digitalización del proceso.
Mediante la posibilidad de consulta del Registro de la Jefatura Provincial de Tráfico evitando la presentación física del permiso de circulación cuando se dispone de dicho acceso operativo.
- Cambios reglamentarios para adecuar la inspección técnica de vehículos a las nuevas tecnologías que incorporan los vehículos.
- Se adapta el procedimiento para revisar en ITV los nuevos sistemas de visión indirecta (del tipo “cámara”, en lugar del habitual “retrovisor”), de forma que en inspeccion se comprobará su funcionamiento, y el estado de mantenimiento correcto.
- Se adapta el procedimiento para la revisión del freno de estacionamiento eléctrico en turismos.
- Se clarifican y precisan algunos procesos de revisión.
- Cuentakilómetros. Cuando se detecte un vehículo que en inspección dispone los mismos kilómetros que en la última inspección periódica anterior, se considerará que el mismo no funciona y se anotará defecto.
- Se clarifica el procedimiento para inspeccionar la orientación de la Luz de cruce para evitar deslumbramientos al resto de vehículos de la vía.
- Se unifica la gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS en el caso de que el vehículo lo incorpore. Esto elimina la diferencia que existía respecto a si el vehículo estaba obligado a llevarlo o no.
- Se modifica la prueba de emisiones de algunas motocicletas incorporando en algunas circunstancias el ensayo acelerado.
- Aprovecha para incorporar normativa que entró en vigor hace algunos meses como los cambios en matriculaciones procedentes de Reino Unido.
El Acuerdo de Retirada del Reino Unido de la Unión Europea contempló un período transitorio que finalizó el pasado 31 de diciembre de 2020, durante este periodo se ha continuado aplicando la legislación comunitaria en el Reino Unido en relación con el mercado interior, unión aduanera y las políticas comunitarias. En particular, durante ese periodo, no ha sido necesario realizar formalidades aduaneras.
Los movimientos de mercancías a partir del 1 de enero de 2021 sí estarán sujetos a formalidades aduaneras, y por tanto deberá exigirse DUA en la matriculación de vehículos procedentes del Reino Unido. Es necesario puntualizar que Irlanda del Norte, sigue dentro del sistema de IVA intracomunitario, por lo que los vehículos procedentes de este país no se les requerirá DUA.
Hay que destacar que se mantienen las recomendaciones sanitarias frente al Coronavirus, de forma que Nuestros centros se encuentran adaptados a dichas recomendaciones logrando así un servicio seguro, ágil y cómodo para todos.