Cómo se realiza la limitación de potencia de motos en la ITV
Una de las reformas más habituales en ITV es la limitación de potencia de motos para permitir que puedan ser conducidas con el permiso de conducir tipo A2.
La limitación se hace necesaria si queremos circular con ciertas motocicletas, ya que el Reglamento General de Conductores considera que deben tener un acceso progresivo. La edad mínima para obtener el permiso tipo A2 es dieciocho años, mientras que para el permiso tipo A, que autoriza a conducir todo tipo de motos, son veinte años y dos años de antigüedad con el A2. La limitación por tanto nos sirve para poder utilizar transitoriamente una moto de prestaciones medias con el permiso A2; una vez obtenido el permiso tipo A, podremos deslimitar la potencia de la moto para poder disfrutar de ella sin restricciones.
La reforma consiste en disminuir la potencia original de la moto, instalando un dispositivo apropiado. ¿Cómo se hace?.
Estas son las maneras más habituales de hacerlo:
- Restricción del recorrido del cable del acelerador. Se instala una placa tope que limita la apertura de la mariposa de admisión, restringiendo el recorrido del puño del acelerador y, por tanto, la entrada de aire o mezcla.
- Restricción del aire que entra por la admisión. Se acoplan arandelas en la admisión, restringiendo la entrada de aire o mezcla. También se puede sustituir una parte del conducto de admisión. Aunque menos habitual, algunos kits también incluyen componentes que restringen los gases de escape.
- Sustitución de la centralita original. Se modifican los parámetros de inyección. En algunos casos simplemente se reprograma, incorporando un nuevo mapa de inyección e incluyendo en la centralita una pegatina identificando la reprogramación.
- Limitación del recorrido de la membrana del carburador. Se instala un casquillo que limita la apertura de la campana del carburador.
- Limitador de potencia electrónico. Aplicable sólo en motos con acelerador electrónico, poco a poco va introduciéndose en el mercado por su sencillez de instalación.
- En algunos casos, la reforma consiste en la combinación de varias modificaciones.
Debe incluirse un sistema que impida su manipulación, que normalmente consiste en hilo de acero trenzado, y en un precinto de numeración única. Debe instalarse siempre de tal forma que sea imposible no romper el precinto para quitar la limitación. Por ejemplo, puede agujerearse la cabeza de un tornillo y pasar el hilo por este y por un agujero practicado en la pieza instalada o bien por el agujero de la pieza y una parte fija de la moto. Otra forma es pasar el hilo por dos tornillos agujereados.
Los requisitos que deben cumplirse para poder realizar esta limitación son los siguientes:
- Potencia final máxima de hasta 35kW.
- Relación Potencia máxima / Masa en Orden de Marcha: Hasta 0.2kW/kg.
- La moto no puede derivar de un vehículo de más del doble de su potencia.
El Permiso A2 no nos permite circular con motos que tengan de origen más de 70kW, que es la potencia máxima para limitarla a 35kW. Existen en el mercado kits de limitación de 25 y 35kW. Sólo podríamos circular con una moto limitada a 25kW si no tiene más de 50kW en origen.
Como norma orientativa, las motos de Masa en Orden de Marcha de 175kg o más, pueden limitarse a 35kW siempre que no superen de origen los 70kW.
La documentación original que debe entregar el titular del vehículo en ITV para hacer la reforma, es la siguiente:
- Tarjeta de Inspección Técnica y Permiso de Circulación.
- Informe de Conformidad: Lo emite el fabricante de la motocicleta o un Servicio Técnico de Reformas.
- Certificado de Taller: Debe indicarse, además de la descripción de la reforma y las referencias de las piezas, el precinto utilizado que impide su manipulación.
- Declaración responsable, firmada por el taller y el propietario del vehículo.
- Copia de la Resolución del Conjunto Funcional. (En el caso de que el Informe de Conformidad se acoja a uno)
Si lo que tienes es una moto limitada y quieres proceder a su deslimitación, en la mayoría de casos, para realizar la reforma sólo necesitas la documentación original de la moto y un Certificado de Taller, indicando la restitución de las piezas originales, en su caso, y la retirada del kit de limitación. En algunos casos, las motocicletas vienen ya limitadas en origen y para quitar la limitación de tu moto hay que acogerse a otra variante de su homologación de tipo; en estos casos además de lo anterior te hará falta un Informe de Conformidad del fabricante de la moto.
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Responsable Técnico ITV SGS Alcalá A2