Enfermedades que impiden conducir que no sabías

Existen condiciones médicas que afectan directamente a la conducción, bien sea por su propia naturaleza o bien sea por los medicamentos o tratamientos que conlleva. Puede ser que el hecho de padecer una de estas enfermedades sea el motivo que impide renovar el permiso de conducir. A continuación, te contamos enfermedades que impiden conducir que no sabías.

Fecha: 18/06/2019
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Hace diez años no había ningún inconveniente legal para conducir a conductores convencionales, pero con la llegada del Real Decreto 818/2009, se incluyeron un recopilatorio de enfermedades que impiden renovar el carnet de conducir. A continuación, enumeramos una a una, esas enfermedades que impiden conducir que no sabías.

  1. Apnea de sueño: los pacientes con apnea obstructiva del sueño se deberán someter a un examen para ver si su nivel es moderado (de 15 a 29) o grave (más de 30). Con el tratamiento oportuno se pueden ofrecer permisos del grupo 1 (motos y turismos) cada tres años y permisos de grupo 2 (camiones o autobuses) cada año.
  2. Enfermedades del sistema nervioso central: los conductores con permisos del grupo 1 pueden conducir y renovar el carnet por cinco años como máximo con un informe a favor, pero los permisos C o D no admiten este tipo de enfermedades.
  3. Enfermedad cerebrovascular: no podrán renovar el permiso de conducir hasta pasados los 6 meses. Después, se determinará en base a un informe del neurólogo. Los conductores de tipo A, B, AM podrán renovarlo por 5 años máximo, mientras que los de permiso C, D, D+E, tendrán un año.
  4. Diabéticos: los enfermos de diabetes requieren de un informe para poder conducir con una validez de cuatro años.
  5. Pacientes en tratamiento con quimioterapia: para personas que reciben quimio o han recibido recientemente, deberán esperar tres meses desde la última sesión.
  6. Enfermedades mentales: en casos de depresión, demencia, déficit de atención o ansiedad, entre otras; no se admite la conducción sin un informe favorable del médico.
  7. Ceguera: las personas que sufren de ceguera no pueden conducir de manera permanente.
  8. Epilepsia: en el caso de las personas epilépticas deben renovar el carnet cada dos o cinco años. Se necesita la emisión de un informe favorable.
  9. Enfermedades cardiovasculares graves: los pacientes con dicha condición encontrarán limitaciones temporales para conducir, y requerirán de un informe positivo, llegado el momento de conducir.

Además de estas consideraciones, es importante que tengas en cuenta que quienes están tomando medicamentos que afecten a la capacidad de conducir tampoco podrán renovar la licencia hasta el cese de la medicación. Lo mismo ocurre en personas dependientes al alcohol, drogas u otras sustancias.

Con un buen cuidado y tratamiento de la enfermedad, tienes más posibilidades de recibir un informe positivo para poder conducir. En SGS ITV estamos del lado de la seguridad en la carretera ¡Pide cita previa ITV online!